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cintillo_bicentenario
Microcréditos Soberanos

 

CARACTERÍSTICAS
Es una organización integrada por miembros de una familia que desarrollen Proyectos Socioproductivos, dirigidos a satisfacer las necesidades básicas de sus miembros y de la comunidad. (Art. 9, numeral 6 Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular).
BENEFICIOS
  • El esquema aplicado en el BPS en el cual “la institución va a las comunidades” supera el tradicional a través del cual los usuarios/as del sistema microfinanciero se dirigen directamente para efectos de la gestión de créditos a recintos “formales” de las instituciones financieras.
  • Reconocimiento de las potencialidades y necesidades de las comunidades como factor imprescindible a considerar en el momento de el levantamiento del microcrédito, mejorando así las condiciones de vida de sus habitantes.
  • Los servicios no financieros tienen preponderancia sobre los servicios financieros logrando que el crédito sea asumido como parte del proceso educativo de los seres humanos y no como un fin en sí mismo, posibilitando la mejora de la calidad de vida de todos los miembros de la comunidad.
  • Los requisitos solicitados por la institución son mínimos y no representan un obstáculo al momento de la solicitud del microcrédito.
  • La tasa de interés es baja lo cual beneficia la población objetivo en función de su capacidad de pago.
  • Brindamos mayor alcance/acceso a la población no bancarizada de servicios financieros.
  • Aplicación de políticas de acompañamiento social  antes, durante y después del microcrédito, a fin de garantizar el desarrollo socioproductivo individual, local y retornabilidad de los recursos otorgados.
REQUISITOS Y/O RECAUDOS
  • Una (01) fotocopia (ampliada) de la Cédula de Identidad del Microempresario/a o Representante Legal de la Cooperativa.
  • Una (01) fotografía reciente tipo carnet del Microempresario/a o Representante Legal. (Las Coordinaciones de Estado, deberán utilizar los equipos fotográficos de la Institución para cumplir con este requisito en aquellos casos que así se ameriten).
  • Una (01) fotocopia del RIF.
  • (Las Coordinaciones de Estado, deberán utilizar los Equipos Informáticos de la Institución para facilitarle a los Usuarios y Usuarias cumplir con este requisito en aquellos casos que así se ameriten).
  • Declaración Jurada de Origen y Destino de Fondos (De todos los Microempresarios/as). Esta forma debe ser suministrada por la Institución.
  • Documento Constitutivo, (Aplica solo para asociaciones Cooperativas).
  • Carta de Residencia o Aval Comunitario. Los Avales Emitidos por la Autoridades  Comunitarias (Caciques, Consejos  Comunales, Consejos de  Ancianos, entre otros).
  • Presupuesto de insumos y/o materiales y equipos, con RIF, teléfono fijo y sello húmedo. (La vigencia del Presupuesto no puede ser mayor a un año a la fecha de solicitud del microcrédito). El monto solicitado no debe ser superior al monto propuesto, salvo aquellos casos que se otorgan financiamientos para negocios nuevos, la diferencia del monto a financiar (hasta  dos (2) sueldos mínimos) se otorgará bajo el concepto de capital de trabajo.
  • Capital de Trabajo: dinero que se obtiene a través de una obligación adquirida mediante financiamiento por un tercero, el cual deberá devolver en un plazo determinado evitándose así riesgo de insolvencia.
  • Justificación de la actividad a desarrollar en la Comunidad. (Producción, Servicio,  Comercio), debidamente avalado por el Consejo Comunal. (Sólo aplica para Proyectos Socioproductivos).
  • Certificado del Taller de Educación para el Desarrollo Local Sustentable.
Consulte las actividades a financiar aquí:

CARACTERÍSTICAS
Son los servicios no financieros y financieros dirigidos a aquellos  grupos de personas no familiares entre los miembros (De dos (2) a nueve (9) personas) que comparten la visión de iniciar la misma actividad socioproductiva, orientándose hacia el respaldo recíproco de los miembros del grupo. 
BENEFICIOS
  • El esquema aplicado en el BPS en el cual “la institución va a las comunidades” supera el tradicional a través del cual los usuarios/as del sistema microfinanciero se dirigen directamente para efectos de la gestión de créditos a recintos “formales” de las instituciones financieras.
  • Reconocimiento de las potencialidades y necesidades de las comunidades como factor imprescindible a considerar en el momento de el levantamiento del microcrédito, mejorando así las condiciones de vida de sus habitantes.
  • Los servicios no financieros tienen preponderancia sobre los servicios financieros logrando que el crédito sea asumido como parte del proceso educativo de los seres humanos y no como un fin en sí mismo, posibilitando la mejora de la calidad de vida de todos los miembros de la comunidad.
  • Los requisitos solicitados por la institución son mínimos y no representan un obstáculo al momento de la solicitud del microcrédito.
  • La tasa de interés es baja lo cual beneficia la población objetivo en función de su capacidad de pago.
  • Brindamos mayor alcance/acceso a la población no bancarizada de servicios financieros.
  • Aplicación de políticas de acompañamiento social  antes, durante y después del microcrédito, con el fin de garantizar el desarrollo socioproductivo individual, local y retornabilidad de los recursos otorgados.
REQUISITOS Y/O RECAUDOS
  • Una (01) fotocopia (ampliada) de la Cédula de Identidad del Microempresario/a o Representante Legal de la Cooperativa.
  • Una (01) fotografía reciente tipo carnet del Microempresario/a o Representante Legal. (Las Coordinaciones de Estado, deberán utilizar los equipos fotográficos de la Institución para cumplir con este requisito en aquellos casos que así se ameriten).
  • Una (01) fotocopia del RIF.
  • (Las Coordinaciones de Estado, deberán utilizar los Equipos Informáticos de la Institución para facilitarle a los Usuarios y Usuarias cumplir con este requisito en aquellos casos que así se ameriten).
  • Declaración Jurada  de Origen y Destino de Fondos (De todos los Microempresarios/as). Esta forma debe ser suministrada por la Institución.
  • Documento Constitutivo, (Aplica solo para asociaciones Cooperativas).
  • Carta de Residencia o Aval Comunitario. Los Avales Emitidos por la Autoridades  Comunitarias (Caciques, Consejos  Comunales, Consejos de Ancianos, entre otros).
  • Presupuesto de insumos y/o materiales y equipos, con RIF, teléfono fijo y sello húmedo. (La vigencia del Presupuesto no puede ser mayor a un año a la fecha de solicitud del microcrédito). El monto solicitado no debe ser superior al monto propuesto, salvo aquellos casos que se otorgan financiamientos para negocios nuevos, la diferencia del monto a financiar (hasta dos (2)  sueldos mínimos) se otorgará bajo el concepto de capital de trabajo.
  • Capital de Trabajo: dinero que se obtiene a través de una obligación adquirida mediante financiamiento por un tercero, el cual deberá devolver en un plazo  determinado evitándose así riesgo de insolvencia.
  • Justificación de la actividad a desarrollar en la Comunidad (Producción, Servicio,  Comercio), debidamente avalado por el Consejo Comunal. (Sólo aplica para Proyectos Socioproductivos).
  • Certificado del Taller de Educación para el Desarrollo Local Sustentable.
Consulte las actividades a financiar aquí: